EN VILLA DE POZOS UTILIZAN RECURSOS PÚBLICOS EN BENEFICIO DE PARTICULARES
Éste se encuentra sobre la avenida Ricardo B. Anaya, casí frente a las instalaciones del antiguo rastro municipal. En ese mismo lugar hubo un importante operativo policiaco, pues se realizaban actividades no autorizadas y fue clausurado.
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Se ha revelado que las acciones de Rocío Alvarado Vázquez constituyen actos de desvío de recursos públicos y configuran delitos. Esto porque la Constitución Política Mexicana establece en su artículo 134 que todos los recursos del municipio deben destinarse exclusivamente a fines públicos.
Sin embargo, la funcionaria ha permitido y quizás ordenado movilizar personal y unidades oficiales para atender un asunto que no pertenece a la administración, violando de forma directa ese principio.
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Por otra parte, la Ley General de Responsabilidades Administrativas ea clara en sus artículos 7, 49 y 57 indica que los recursos del municipio para favorecer a particulares constituye abuso de funciones, una de las faltas más graves que puede cometer un servidor público.
En tanto, el Código Penal Federal contempla en sus artículos 214 y 217 sanciones para quienes utilicen su cargo para otorgar ventajas indebidas o dispongan del patrimonio público con fines privados.
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