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viernes, 31 de julio de 2020

Aprueba Congreso Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

APRUEBA CONGRESO LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA


Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potos y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, que tienen como objetivo prevenir, sancionar y erradicar cualquier acción de violencia contra las mujeres.

Las diputadas Sonia Mendoza Díaz, Paola Alejandra Arreola Nieto, María Isabel González Tovar y Marite Hernández Correa coincidieron en señalar que la aprobación de las reformas a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potos y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, en las que se contempla una homologación a la legislatura federal, representan un avance importante para prevenir, sancionar la violencia en todas sus modalidades en contra de las mujeres.

Se aprobaron reformas al artículo 56, de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

Artículo 56. Incurrirá en abuso de funciones el servidor público que ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para las personas a las que se refiere el artículo 51 de esta Ley o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público; así como cuando realice por sí o a través de un tercero, alguna de las conductas descritas en los artículos, 20 Ter, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y 4° fracción XII, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Se reforma el artículo 4º en su fracción XII, el párrafo primero, y los incisos: y sus, a), c), d), e), f), i), k), m), y ñ); y adiciona al mismo artículo 4° en su fracción XII, cuatro párrafos, éstos como: segundo, tercero, cuarto y trigésimo segundo, e incisos del o) al z), de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

Artículo 4º, XII. Violencia política contra las mujeres en razón de género: es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de mujer, le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en esta Ley y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

La violencia política contra las mujeres puede expresarse, entre otras, a través de las siguientes conductas:

a) Imponer, con base en estereotipos de género, la realización de actividades distintas a las atribuciones propias de la representación política, cargo o función.

b) …

c) Proporcionar a las mujeres, aspirantes, candidatas, o electas para ocupar un cargo público, o que ocupen un cargo público, información falsa, errada, incompleta o imprecisa, que impida su registro como aspirante o candidata, que ocasione una competencia desigual en el acceso al cargo al que se aspira, o induzca al incorrecto ejercicio de sus atribuciones y funciones político-públicas.

d) Impedir, por cualquier medio, que las mujeres electas o designadas a cualquier puesto o cargo público tomen protesta de su encargo, asistan a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones y el ejercicio del cargo, impidiendo o suprimiendo su derecho a voz y voto.

e) Proporcionar datos falsos o información incompleta a las autoridades administrativas, electorales o jurisdiccionales, con la finalidad de menoscabar los derechos políticos de las mujeres y la garantía del debido proceso.

f) Divulgar o revelar por cualquier medio físico o virtual, imágenes, mensajes o información personal y privada de una mujer candidata, electa, designada, o en ejercicio de sus funciones político-públicas, con el propósito de utilizar la misma para obtener contra su voluntad su renuncia y/o licencia al cargo que ejerce o postula, o desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política, con base en estereotipos de género.

h) …

i) Restringir o anular el derecho al voto libre y secreto de las mujeres, u obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones políticas y civiles, en razón de género.

j) …

k) Discriminar a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos por encontrarse en estado de embarazo, parto, puerperio, o impedir o restringir su reincorporación al cargo tras hacer uso de la licencia de maternidad o de cualquier otra licencia contemplada en la normatividad.

l) …

m) Imponer sanciones injustificadas o abusivas, impidiendo o restringiendo el ejercicio de sus derechos políticos en condiciones de igualdad.

n) …

ñ) Amenazar o intimidar a una o varias mujeres o a su familia o colaboradores con el objeto de inducir su renuncia a la candidatura o al cargo para el que fue electa o designada.

o) Incumplir las disposiciones jurídicas nacionales e internacionales que consignan el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. p) Obstaculizar o impedir el acceso a la justicia de las mujeres para proteger sus derechos políticos.

q) Limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo que ocupe la mujer, incluido el pago de salarios, dietas u otras prestaciones asociadas al ejercicio del cargo, en condiciones de igualdad.

r) Ejercer violencia física, sexual, simbólica, psicológica, económica o patrimonial contra una mujer en ejercicio de sus derechos políticos. s) Restringir los derechos políticos de las mujeres con base a la aplicación de tradiciones, costumbres o sistemas normativos internos o propios, que sean violatorios de los derechos humanos.

t) Realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos y electorales.

u) Obstaculizar la campaña de modo que se impida que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad. v) Proporcionar a las mujeres que ocupan un cargo de elección popular, información falsa, incompleta o imprecisa, para impedir que induzca al correcto ejercicio de sus atribuciones.

w) Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública o limitar o anular sus derechos.

x) Ocultar información u omitir la convocatoria para el registro de candidaturas o para cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones en el desarrollo de sus funciones y actividades.

y) Obligar a una mujer, mediante fuerza, presión o intimidación, a suscribir documentos o avalar decisiones contrarias a su voluntad o a la ley.

z) Cualesquier otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de un cargo político, público, de poder o de decisión, que afecte sus derechos políticos electorales. La violencia política contra las mujeres en razón de género se sancionará en los términos establecidos en la legislación electoral; penal; y de responsabilidades administrativas.

miércoles, 29 de julio de 2020

Proponen un Centro Estatal de Conciliación, como parte de reforma laboral

PROPONEN UN CENTRO ESTATAL DE CONCILIACIÓN, COMO PARTE DE REFORMA LABORAL


Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- En reunión virtual de la Comisión de Puntos Constitucionales se revisó la iniciativa presentada por el Gobernador del Estado, Juan Manuel Carrearas López, donde se plantea expedir la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de San Luis Potosí, así lo informó la presidenta de la comisión, la diputada Paola Alejandra Arreola Nieto.

Durante la reunión estuvieron presentes el Secretario del Trabajo de Gobierno del Estado, Manuel Lozano Nieto, así como Julio César Galindo Pérez, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana y Fabián Flores Vázquez, en representación de la Federación de Trabajadores del Estado de San Luis Potos; así como el Lic. Gilberto Fuentes Infante y Lic. Jorge Chessal Palau.

La propuesta analizada consiste en la creación del Centro Estatal de Conciliación, como un organismo público descentralizado, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dotado de plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Arreola Nieto explicó que, el Centro de Conciliación tendrá por objeto ofrecer el servicio público de conciliación laboral para la resolución de los conflictos entre trabajadores y patrones en asuntos del orden local como una instancia previa al juicio ante los Tribunales Laborales, procurando el equilibrio entre los factores de la producción y ofreciendo a éstos una instancia eficaz y expedita para ello, conforme lo establece el párrafo segundo de la fracción XX del artículo 123, apartado A, de la Constitución General.

Recalcó las atribuciones del Centro de Conciliación, entre las cuales destacan: ofrecer el servicio público de conciliación laboral en conflictos del orden local, Recibir solicitudes de conciliación de las y los trabajadores y/o patrones para su trámite, aprobar convenios entre las partes del conflicto laboral, crear conforme a su presupuesto aprobado las delegaciones del Centro de Conciliación en los municipios de la Entidad, presentar anualmente al titular del Poder Ejecutivo del Estado un informe general de las actividades realizadas, así como su proyecto de presupuesto de egresos.

Arreola Nieto recalcó la importancia de que el Congreso del Estado sea de puertas abiertas para poder así escuchar todas las voces y todas las aristas de los usuarios de las leyes que dentro del Poder Legislativo se trabajan y, una vez dictaminada en la Comisión que preside pueda ser enviada al pleno y ser votada.

viernes, 24 de julio de 2020

Costará 29.5 mdp al año modernización del sistema de justicia laboral en SLP

COSTARÁ 29.5 MDP AL AÑO MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL EN SLP


Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- Para cumplir con la implementación del nuevo modelo laboral y que se responda a la necesidad de alcanzar la modernización del sistema de justicia laboral en San Luis Potosí, las y los diputados de la Comisión de Justicia aprobaron el dictamen de la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí.

Fue en sesión de trabajo virtual, donde participó a invitación de los integrantes de la Comisión de Justicia, la Magistrada Olga Regina García López, presidenta del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, quien explicó que el objetivo de esta reforma es generar las herramientas para la implementación de la justicia laboral que en el caso de San Luis Potosí se buscaría que arrancará el próximo 01 de octubre del presente año.

Además, les informó a las y los diputados que en base a las estimaciones del impacto presupuestal, y una vez que sea implementada la justicia laboral en San Luis Potosí, se estará requiriendo del apoyo económico del Gobierno del Estado por el orden de los 11 millones 556 mil pesos, mientras que el Gobierno Federal, estaría destinando para este mismo rubro presupuestal, recursos por 18 millones de pesos.

La reunión de trabajo de la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura estuvo presidida por su presidente de la Comisión, diputado Rubén Guajardo Barrera; también estuvieron su vicepresidenta diputada Paola Arreola Nieto, secretaria diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, así como los vocales, diputada Marite Hernández Correa, diputada María del Rosario Sánchez Olivares, y el diputado Edgardo Hernández Contreras.

Luego de haber concluido la participación de la Magistrada Olga Regina García López, como promoverte de la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, en sus artículos 3, 4, 11, 50, 94 fracción VIII, 117 fracción V, 136 Fracción I, 148 Y 175, así mismo, se adicionan los artículos 55 QUINQUE, y un Título Sección. Tercera Bis denominada “De los Secretarios instructores” 80 BIS, 80 TER, 80 CUATER, y 80 QUINQUE. Las y los diputados discutieron, analizaron y aprobaron esta iniciativa con la adhesión presupuestales que implica la implementación del nuevo sistema de justicia laboral.

La iniciativa plantea que en el Artículo 3° se establezca que en el ejercicio de la función jurisdiccional, corresponde al Poder Judicial la potestad de interpretar, aplicar y ejecutar las leyes del fuero común en materia civil, familiar, laboral, penal, y justicia para adolescentes en el territorio del Estado.

Mientras que en el Artículo 4°, se señala que el Poder Judicial del Estado se integra por: “Los Jueces de Primera Instancia: a) Juzgados Civiles. b) Juzgados Familiares. c) Juzgados de Oralidad Mercantil. d) Juzgados Especializados en Justicia Penal para Adolescentes. e) Juzgados Penales. f) Juzgados de Control. g) Tribunales de Juicio Oral. h) Juzgados de Ejecución de Sentencia, i) Tribunales Laborales”.

En lo que corresponde al Artículo 11, se señala que el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia conocerá de los asuntos de naturaleza judicial que determinen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Constitución Política del Estado; los Códigos, Civil; Penal; y de Procedimientos Civiles y Penales; la Ley Federal del Trabajo, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, la Ley Nacional de Ejecución Penal; la presente Ley, y las demás disposiciones legales aplicables.

En el Artículo 50, se considera que en cada Distrito o Región Judicial habrá el número de Tribunales y Juzgados que determine el Consejo de la Judicatura, los que tendrán competencia para conocer de los asuntos civiles, mercantiles, laborales, penales, de lo familiar, de justicia para adolescentes, de ejecución, y demás materias en que ejerzan su jurisdicción, y se distinguirán por su denominación o número ordinal que les corresponda. Las Regiones Judiciales podrán comprender el ámbito territorial de más de un Distrito Judicial.

En el Artículo 53 Quinque, los jueces laborales, tendrán las siguientes competencias y facultades: I. Será competencia: a). La función jurisdiccional en materia laboral en el ámbito local, que se ejerza por los Tribunales Laborales. Además, Serán facultades: a) Los jueces laborales tendrán las facultades y obligaciones que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, los acuerdos generales que dicte el Pleno del Consejo de la Judicatura y demás disposiciones aplicables. b) Los jueces laborales conocerán de los conflictos individuales y colectivos de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

En el Artículo 80 Bis, se plantea que en cada uno de los juzgados laborales, habrá los secretarios instructores autorizados y nombrados que el Consejo de la Judicatura determine convenientes. Además, en el artículo 80 TER. Los secretarios instructores tendrán fe pública en todo lo relativo al ejercicio de su cargo.

Pide Carreras ratificación de 10 magistrados; entre ellos Almazán Cué

PIDE CARRERAS RATIFICACIÓN DE 10 MAGISTRADOS; ENTRE ELLOS ALMAZÁN CUÉ


Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- En sesión de la Diputación Permanente se recibieron las propuestas del Gobierno del Estado para la ratificación de 10 magistrados del Supremo Tribunal de Justicia.

Los dictámenes de las propuestas de ratificación de magistrados que fueron turnadas a las comisiones de Gobernación y Justicia para su proceso de evaluación, son: Magistrado Numerario Luis Fernando Gerardo González; Magistrada Numeraria Graciela González Centeno, Magistrada Numeraria Rebeca Anastasia Medina García, Magistrado Numerario Juan Paulo Almazán Cue, Magistrado Numerario Arturo Morales Silva, Magistrada Numeraria María Refugio González Reyes, Magistrada Numeraria María del Rocío Hernández Cruz; Magistrada Numeraria Olga Regina García López, Magistrado Numerario Juan José Méndez Gatica y, Magistrado numerario Martín Celso Zavala Martínez.

Asimismo, en sesión de la Diputación Permanente se presentó el Punto de Acuerdo impulsado por el diputado Eugenio Govea Arcos que plantea exhortar al Gobernador del Estado instruir a la titular de los Servicios de Salud en la Entidad, realizar campaña intensiva de pruebas rápidas gratuitas para detección de Covid-19, a personas que lo requieran; e implementar programa de entrega urgente y gratuita de cubrebocas a la población en general.

Se propone que la distribución de los cubrebocas sea privilegiando a sectores más vulnerables y se realice la distribución en servicios y espacios más concurrentes como: transporte público, corporaciones policiacas, centros comerciales, mercados populares.

Se recibió la iniciativa de la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez y el diputado Pedro César Carrizales Becerra, presentaron una iniciativa que busca adicionar al artículo 122 el párrafo tercero, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, que propone que las reuniones de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) sean públicas.

La iniciativa establece, Artículo 122. La Junta celebrará una reunión ordinaria cada semana, y las reuniones extraordinarias que sean necesarias. El Presidente de la Junta dirigirá los trabajos, a falta de éste lo hará el Vicepresidente o el Secretario, en ese orden.

Salvo las hipótesis contenidas en el artículo 41 de este reglamento, todas las reuniones de la Junta serán públicas, garantizando en todo momento el principio de máxima publicidad. La iniciativa fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales; Gobernación; y Transparencia y Acceso a la Información Pública.

El diputado Eugenio Guadalupe Govea Arcos presentó la iniciativa que plantea adicionar el artículo 56 Bis, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; la cual, fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales; y Gobernación.

Se presentó por parte del Lic, José Mario de la Garza Marroquín la iniciativa que promueve expedir la Ley de Protección al Denunciante y Testigo de Corrupción del Estado de San Luis Potosí. Adicionar a los artículos, 34 último párrafo, y 37 la fracción XV, de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí y, reformar el artículo 81 en su párrafo segundo; y adicionar a los artículos, 75 el párrafo último, y 79 el párrafo último, de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí, y adicionar al artículo 319 el párrafo segundo, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, la cual, fue turnada a las comisiones de Justicia; Gobernación; y Vigilancia.

La diputada Rosa Zúñiga Luna presentó las iniciativas para adicionar al artículo 9° el párrafo tercero, y el artículo 9° Bis, de la Ley Estatal de Protección a los Animales y, la reforma que propone adicionar el artículo 6° Bis, de la Ley Estatal de Protección a los Animales, ambas iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente.

También presentó la iniciativa que pretende reformar el artículo 31 en su inciso b) la fracción XII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.

En el apartado de correspondencia, se turnó a las diversas comisiones legislativas los oficios enviados por el propio Poder Legislativo; los demás Poderes del Estado; entes autónomos; ayuntamientos y organismos paramunicipales e intermunicipal; poderes de otras entidades del país; y, particulares.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión de la Diputación Permanente No. 32, en la modalidad de videoconferencia, el próximo lunes 27 de julio de 2020, a las 10:00 horas.

viernes, 17 de julio de 2020

Establecen sanciones a uso de ácidos o corrosivos para dañar a las mujeres

ESTABLECEN SANCIONES A USO DE ÁCIDOS O CORROSIVOS PARA DAÑAR A LAS MUJERES



Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- En reunión de la Comisión de Justicia, que preside el diputado Rubén Guajardo Barrera, se aprobó la iniciativa que propone la adición de un capítulo 3 BIS "Lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género", al Titulo  de los Delitos contra la Vida y la integridad corporal del Código Penal del Estado, que integra entre otras, sanciones específicas para quien provoque lesiones mediante ácidos o sustancias corrosivas a la mujer.

Esta reforma busca tipificar los delitos cometidos en contra de la mujer en razón de su género, estableciendo  en el artículo 142 BIS: "Al que cause lesiones a una mujer en razón de su género se le impondrá pena de siete a catorce años de prisión. Se considera que existen razones de género, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. Que las lesiones causadas sean infamantes, degradantes o una mutilación; o

II. Que previo a la lesión infringida existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso o violencia del sujeto activo contra la víctima.

Si entre el sujeto activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad y se acredita que en virtud de esa relación fueron infringidas las lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, se impondrán de nueve a dieciocho años de prisión.

Artículo 142 TER. Las penas previstas en el artículo anterior se aumentarán en dos tercios en los siguientes casos: 


I. Cuando las lesiones sean provocadas mediante el empleo de ácidos o substancias corrosivas; o

II. Cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos o en las mamas, excluyendo aquellas que sean consecuencia de llevar a cabo un procedimiento médico por motivos de salud.

También se aprobaron reformas a la Ley de Salud del Estado, para establecer como parte de las acciones de las autoridades de salud implementen acciones preventivas contra el cáncer infantil, campañas informativas, con la finalidad de mejorar las condiciones de atención de los pacientes ante el aumento en la prevalencia de este padecimiento, e incorporar a las personas indígenas que vivan en situación de alta o muy alta marginación como parte de los grupos vulnerables prioritarios de atención por el Sistema Estatal de Salud.

En otro punto, se aprobó la iniciativa de reforma artículo 62, de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer dentro de la conducta grave de desacato, se incluya a las comparecencias de ante el Congreso del Estado, a los servidores públicos que proporcionen información falsa, así como no den respuesta alguna, retrasen deliberadamente y sin justificación la entrega de información que se les solicita.

Finalmente, se acordó realizar una reunión con la Magistrada Olga Regina García López, presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado para reformar disposiciones de diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en materia de justicia laboral, a fin de analizar la propuesta.

miércoles, 1 de julio de 2020

Con foro analizan iniciativa de Ley de Centro de Conciliación Laboral

CON FORO ANALIZAN INICIATIVA DE LEY DE CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL


Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.-
La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado, que preside la diputada Martha Barajas García, realizó el tercer foro para el análisis y discusión de la iniciativa de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado. Estuvieron presentes el Lic. Manuel Lozano Nieto, Secretario del Trabajo y Previsión Social; y el Lic. León Llamas Pimentel, Subdirector de Trabajo, ambos de Gobierno del Estado.

Durante la mesa de trabajo participaron los abogados Rodolfo Grande Rivera, Héctor Galán Espinoza, Carlos Valdés Labastida y Jaime Eduardo Martínez Terrazas, todos ellos representantes jurídicos del sector empresarial en el estado, quienes celebraron la apertura del Poder Legislativo para escuchar todas las voces involucradas en materia laboral.

Durante la reunión se analizó la forma en que los procedimientos de notificaciones se realicen de manera más ágil y eficiente y más económica para el estado, así como las atribuciones de los notificadores, por lo que se trabajará en conjunto con la subdirección de la Secretaría del Trabajo con el objetivo de darle claridad a la reforma y beneficiar a la clase trabajadora.

“Cualquier instrumento legislativo debe ser atendido en un marco de Parlamento Abierto, que permita escuchar todas las voces y poder construir juntos un marco jurídico idóneo al nuevo paradigma de la justicia laboral”, dijo la diputada Barajas García.

La legisladora comentó que la reforma constitucional del 2017 representa un cambio radical en la forma de dirimir las controversias entre los trabajadores y los empleadores, que durante más de 100 años fue facultad del Ejecutivo; sin embargo, estos nuevos tiempos eliminan las últimas connotaciones del presidencialismo; y en su lugar, se pretende alcanzar mayor democracia.

Consideró que la armonización en materia de justicia laboral implica dos cambios jurídicos. Por un lado, darle competencia al Supremo Tribunal de Justicia del Estado para conocer de los juicios laborales; y por otro, la creación del Centro de Conciliación Laboral y la eliminación de dicha competencia a la Secretaría del Trabajo.

Barajas García expresó que se pretende que el nuevo sistema de justicia es que el 70% de las controversias se resuelva mediante la conciliación, por lo que está nueva institución será fundamental.

Finalmente dijo que es fundamental escuchar a quienes representan los asuntos jurídicos a los empleadores, que permita conocer su experiencia, sus expectativas, las áreas de oportunidad y como fortaleza de los sistemas de impartición de justicia.

jueves, 18 de junio de 2020

Castigarán violencia de novios y amantes hacia mujeres con reforma a Código Penal

CASTIGARÁN VIOLENCIA DE NOVIOS Y AMANTES HACIA MUJERES CON REFORMA A CÓDIGO PENAL


Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- En Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, celebrada este jueves 18 de junio, se aprobó por mayoría de 16 votos a favor, 5 abstenciones y 5 votos en contra, la reforma al artículo 205 y adición al artículo 205 BIS del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para precisar el concepto de relación de hecho, ya que en dicho supuesto es de considerarse la relación de pareja denominada noviazgo, y que esto permitirá al Ministerio Público, así como a la autoridad jurisdiccional, encuadrar la conducta de violencia familiar.

En la exposición de motivos, se indica que, de una interpretación de la llamada relación de hecho, es posible advertir que dicha figura se hace extensiva no sólo al amasiato y a las exparejas, sino también a las relaciones de noviazgo que son susceptibles de crear violencia desde el inicio o incluso después de terminadas.

Por ello, es posible afirmar que existe interés primordial del Estado en punir este tipo de conductas, no sólo en relaciones existentes entre parejas que viven en el mismo domicilio, sino que también toma en cuenta al noviazgo como una relación de pareja formada con el ánimo de preservarse para evitar la violencia física o psicológica que pudiera generarse en esa relación.

De esta manera, se incluye en el apartado de delito de violencia familiar, que “se entenderá por relación de hecho, la que exista entre quienes:
Hagan la vida en común, en forma constante y permanente, por un período mínimo de seis meses;
Mantengan una relación de pareja, aunque no vivan en el mismo domicilio;

III. Tengan relación con los hijos o hijas de su pareja, siempre que no los hayan procreado en común, y
Tengan relación con la pareja de alguno de sus progenitores”.

En el artículo 205 Bis se indica que “El delito de violencia familiar se perseguirá por querella necesaria, excepto cuando:
La víctima u ofendido sea menor de edad; incapaz, o no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho;
La víctima presente una discapacidad sensorial, física, o mental, total, parcial o permanente;

III. La víctima sea mayor de sesenta años;
La conducta sea reiterada, es decir, se tengan documentados antecedentes o denuncia de violencia familiar cometidos por el mismo agresor contra la víctima, o
Cuando se cometa con la participación de dos o más personas.

La autoridad competente deberá de canalizar a la víctima u ofendido del delito de violencia familiar, para que reciba la atención médica y psicológica de urgencia.

En el supuesto descrito en la fracción I, cuando la violencia sea ejercida por ambos progenitores hacia el hijo o la hija menor de edad, la autoridad competente procederá en los términos del artículo 43 fracción II inciso f), de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Familiar del Estado de San Luis Potosí”.

Actualmente, el artículo establece: “Comete el delito de violencia familiar quien en contra de su cónyuge, concubina o concubinario, o persona que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, o adoptante, cometa actos abusivos de poder u omisión intencionales, dirigidos a dominar, someter, controlar o maltratar de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, independientemente de que pueda producir o no lesiones, y de otros delitos que resulten”.

“Este delito se sancionará con pena de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a seiscientos días de la unidad de medida y actualización; asimismo, el culpable perderá el derecho de pensión alimenticia y se le condenará a participar en servicios reeducativos integrales, especializados, y gratuitos. Cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de edad, incapaz, con discapacidad, o mayor de sesenta años de edad, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad más de las ya establecidas”.

jueves, 4 de junio de 2020

Exigen agrupaciones de abogados reapertura inmediata de actividad judicial

EXIGEN AGRUPACIONES DE ABOGADOS REAPERTURA INMEDIATA DE ACTIVIDAD JUDICIAL


Comunicado de prensa.-

San Luis Al Instante.- En el municipio de Rioverde, presidentes y vicepresidentes de los Colegios, Barras, Asociaciones y Agrupaciones de Abogados del Estado de San Luis Potosí signaron el primer acuerdo estatal para solicitar a los plenos del Consejo de la Judicatura y del Poder Judicial del Estado se restituya y garantice el derecho humano de acceso a la justicia pronta y expedita, cumpliendo con el debido proceso en favor de los justiciables y todo ciudadano.

Luego de que desde el pasado 18 de marzo no se han aperturado las oficinas judiciales, señalaron que esta excesiva suspensión de actividades vulnera el derecho humano de acceso a la justicia pronta y expedita que de facto está llevando a cabo el Poder Judicial del Estado; así como a las violaciones al debido proceso, en perjuicio de la ciudadanía en general.

Al respecto habló Juan José Zavala Pérez de la Academia de Capacitación y Profesionalización de Abogados Potosinos, A.C. Refirió que la autoridad acordó que los juicios ya iniciados y la atención a los justiciables se reanudarían el día 15 de junio, por lo que exigen se cumpla con sus dichos.

Además fundamentó que el artículo 29 de nuestra Máxima Carta prevé que sólo en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquél no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías, por lo que con el cese de actividades se están vulnerando las garantías judiciales.

La Asociación de Abogados de San Luis Potosí, A.C., encabezada por Javier Batres Esquivel, Asociación de San Luis Potosí, Postulantes Especialistas en Oralidad y Ayuda a la Sociedad, A.C, de Efraín Torres Salazar, el Colegio de Abogados de San Luis Potosí, A.C., de José Enrique Hernández Narvaez, el Consejo Potosino de Abogados, A.C., de José Ramón Reyna Estrada, la Asociación Autónoma de Abogados, A.C., de María Concepción Hernández de León, la Barra de Abogadas y Profesionistas del Estado de San Luis Potosí, A.C., de Adriana Domínguez Castillo, el Colegio de Profesionistas del Derecho del Altiplno Potosino, A,C., José Armando Orta Ortiz, la Barra de Abogados del Altiplano Potosino, A.C., de Juan Miguel Sagredo, el Colegio de Abogados de la Zona Media, A.C., de Oscar Manuel Díaz Camacho.

La Coordinación de Abogados Unidos Zona Media, A.C., Sergio Amadeo Guerrero López, la Barra de Abogados de Valles y la Región Huasteca, A.C., José Ignacio de la Rosa Martínez, la Coordinadora al Fomento a la Cultura y el Deporte, Abogados de Valles y la Huasteca Potosina, A.C., de Gilberto Sánchez Chirinos, de la Asociación de abogados de Ciudad Valles y la Huasteca Potosina de José Matilde Hernández Méndez, del Colegio de Abogados de Valles, A.C., de María de los Ángeles Moreno, de la Asociación de Abogados de Tamuín, A.C., de Pascual Zúñiga del Ángel, de la Asociación de Abogados Lexius de Valles, A.C., de Luis Eduardo Ahumada Azuara, de la Coordinación de Abogados de la Huasteca Sur, A.C., Dimas Gerardo Pérez García, de la Asociación de Abogados de Tamazunchale, A.C. de Alberto Pinal Hernández, el Instituto de Capacitación Jurídica y Oralidad, A.C., de Sandra de León Camacho, sostuvieron que la justicia es una actividad esencial que no puede suspenderse.

Desde sus distintas trincheras proponen la reapertura de actividades de acuerdo a las medidas de mitigación y prevención sanitarias contra el Covid-19, las cuales disminuyan la velocidad de transmisión o contagio.

“Resulta ilegal la interrupción de los plazos procesales y violatorio del Derecho fundamental a la justicia pronta y expedita, por lo que en reparación de las citadas violaciones, solicitamos a los Plenos del Consejo de la Judicatura y del Poder judicial del Estado, a la brevedad posible, emitir en forma inmediata, un acuerdo por el que se levante la suspensión de los términos procesales y se aperturen los Órganos Jurisdiccionales para la atención de los justiciables”.

También ponen en la mesa, el privilegiar las herramientas tecnológicas al alcance como el de “juicio en línea”, uso de la firma electrónica, para dar seguimiento a los asuntos que hayan radicado, el impulso propio de los mismos, generar enlaces tecnológicos para la consulta de expedientes sin tener que acudir de manera presencial a sala o juzgados, notificaciones electrónicas (previa autorización del justiciable para ese tipo de notificaciones), sin que ello implique que en las diversas zonas del estado.

miércoles, 29 de enero de 2020

"No me convencen los resultados de la Fiscalía en asesinato de Gancedo": diputado

"NO ME CONVENCEN LOS RESULTADOS DE LA FISCALÍA EN ASESINATO DE GANCEDO": DIPUTADO

#SLP #SanLuisPotosí #CongresoSLP #GobiernoSLP #SanLuisAlInstante

Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- El diputado Edgardo Hernández Contreras manifestó que la procuración de justicia no debe ser selectiva, luego de que se dieron a conocer resultados en la investigación sobre la muerte del ex dirigente priísta Aurelio Gancedo; y sin embargo, no existe el mismo resultado en las investigaciones por hechos recientes en Villa de Reyes.

Dijo que el Fiscal General del Estado deberá ser muy preciso, junto con sus peritos, para establecer los elementos de los que se allegaron para determinar los hechos, ya que consideró que no se contó con tiempo suficiente para realizar este procedimiento.

“La Fiscalía, qué pretende con este hecho y los demás occisos que hay en Villa de Reyes, y todo lo que pasó, por qué no se trabaja con esa rapidez, con esa policía científica que tiene para dar estos resultados”, puntualizó.

Añadió que sería importante conocer la carpeta de investigación para conocer la parte científica del procedimiento. “Yo estoy hablando de la parte técnica, sin victimizar a la persona ni a nadie. Estoy hablando de la parte técnica que no me convence”, subrayó.

El legislador Hernández Contreras consideró que al igual que en este caso, la autoridad está obligada a dar resultados en otras investigaciones sobre los hechos que se han registrado recientemente en materia de seguridad, ya que la ciudadanía espera resultados ante la problemática que padecen.

Lamentablemente la justicia de Carreras es elitista, reclama Bety Benavente

LAMENTABLEMENTE LA JUSTICIA DE CARRERAS ES ELITISTA, RECLAMA BETY BENAVENTE



Comunicado del Congreso del Estado.-


San Luis Al Instante.- La presidenta de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social de la LXII Legislatura, diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, lamentó que en San Luis Potosí se esté aplicando la justicia de manera selectiva, asimismo pidió que los procesos y las investigaciones sobre la muerte del ex dirigente priísta Aurelio Gancedo se desarrollen con total transparencia y claridad para evitar especulaciones en torno a la detención de una sola persona como supuesto responsable.

En entrevista, la legisladora cuestionó la rapidez de la Fiscalía General del Estado para esclarecer la muerte del joven político con la detención de un supuesto asesino solitario; sin embargo, “también es necesario exigir que se actúen de la misma manera con un sinnúmero de casos pendientes que existen en San Luis Potosí”.

La diputada Benavente Rodríguez reiteró que en San Luis Potosí la justicia está siendo selectiva y parcial. “Apenas el día de ayer me vinieron a visitar los hermanos de una mujer que fue asesinada hace 3 años; fue un feminicidio evidentemente. Y al día de hoy, es decir 3 años después, no hay un detenido”.

“Además, ¿cuántas muertes hemos estado registrando y en cuántas de esas realmente se ha dado con los responsables? Entonces para que en San Luis Potosí, exista justicia tengo que tener influencias políticas, económicas, sociales en redes y medios de comunicación”, lamentó. 


Cuestionó que “si eres un ciudadano como la mayoría de nosotros, olvídate que exista justicia, porque eso es para un grupo élite o personas favorecidas y privilegiadas, cuando la justicia debe ser para todos, porque si hoy matan a una persona como el encobijado que fue localizado recientemente, también habrá justicia con la rapidez y eficiencia con que actuó la Fiscalía General de Justicia en el caso de Aurelio Gancedo”. 

Por último, enfatizó que la Justicia se debe aplicar pareja para todos y “celebró que de ser verdad de parte de la Fiscalía General se haya actuado con prontitud en el caso de Aurelio, pero exijo que esa prontitud se aplique para todos los casos que se presentan en San Luis Potosí”.

martes, 17 de diciembre de 2019

Almazán Cué ha hundido al Poder Judicial en la peor crisis de su historia: Magistrada y Jueces

ALMAZÁN CUÉ HA HUNDIDO AL PODER JUDICIAL EN LA PEOR CRISIS DE SU HISTORIA: MAGISTRADA Y JUECES



San Luis Al Instante.- Una magistrada y varios jueces, apoyados por la Asociación de Abogados de San Luis Potosí, denuncian a través de un comunicado a la opinión pública y dirigido a los magistrados del Consejo de la Judicatura que el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del mismo Consejo de la Judicatura, Juan Paulo Almazán Cué, atropella derechos humanos y laborales, además de incurrir en acoso, violencia de género y discriminación del personal del Poder Judicial que se oponen a sus intereses.

"Estas acciones hacen suponer que dicha persona carece de idoneidad para ocupar ese puesto, pues ha demostrado que se sirve del poder, en lugar de utilizarlo para servir", señalan en su comunicado a la opinión pública. Asimismo, denuncian que con la presidencia de Almazán Cué el Poder Judicial en San Luis Potosí atraviesa por la peor crisis de toda su historia, debido a la corrupción y a la impunidad en que lo ha hundido.

El siguiente es el texto íntegro de esa denuncia:

**********

Somos un grupo de Juzgadores y funcionarios públicos, preocupados y ocupados en contribuir al restablecimiento del Estado de Derecho, la naturaleza y fin de la Institución, así como el respeto irrestricto a su principal función: la de impartir justicia.

Por el bien de la ciudadanía potosina, como por el respeto a los empleados del Poder Judicial del Estado, base irrefutable de su funcionamiento.

Los suscritos maestra Adriana Monter Guerrero, Emilio Agustín Ortiz Monroy, Julián Ruiz Contreras, Juan Fernando Salazar Hernández y Javier Pérez Contreras; la primera con estatus legal de magistrada; el segundo con estatus legal de Juez de Primera Instancia; y los últimos en su carácter de Jueces de Primera Instancia y Juez de Control; apoyados por la Asociación de Abogados de San Luis Potosí, PEO y Ayuda a la Sociedad, a través de su Presidente licenciado Efraín Torres Salazar, hacemos del conocimiento de la opinión pública lo que está aconteciendo en el Poder Judicial del Estado, bajo la titularidad del magistrado JUAN PAULO ALMAZÁN CUÉ, en su carácter de Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura, quien se ha enfocado en atropellar los derechos humanos y laborales, y ha incurrido en acoso, en violencia de género y en discriminación, no solo hacia los suscritos, sino de todo el personal y justiciables que se oponen a sus sórdidos intereses. Estas acciones hacen suponer que dicha persona carece de idoneidad para ocupar ese puesto, pues ha demostrado que se sirve del poder, en lugar de utilizarlo para servir.

Desde hace más de un año, los suscritos somos objeto de una cruel injusticia y persecución cometida por JUAN PAULO ALMAZÁN CUÉ, quien sigue ejerciendo violencia de género, acoso laboral y represalias en nuestra contra, por no haber aceptado la línea hacia los Jueces para decidir conforme a los intereses del referido magistrado JUAN PAULO ALMAZÁN CUÉ; y la primera por haberse atrevido a defender su derecho a la permanencia y preferencia en el cargo de magistrada; en contraposición a los intereses políticos del Presidente del Tribunal, quien apoyó incondicionalmente al licenciado FELIPE AURELIO TORRES ZÚÑIGA para que ocupe el cargo de magistrado.

No somos los únicos afectados, pero sí los que nos hemos atrevido a alzar la voz, ante la grave crisis que vive, por primera vez en su existencia, el Poder Judicial del Estado desde que el licenciado JUAN PAULO ALMAZÁN CUÉ asumió el cargo de Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado; razón por la cual estamos siendo reprimidos con acciones, como inicio de juicios de responsabilidad sin sustento legal y afectación en las percepciones y prestaciones de los suscritos, sin que exista un verdadero contrapeso entre quienes integran el Consejo de la Judicatura, y que se suponen están obligados a velar por el respeto de los derechos de sus empleados; quienes hoy por hoy no se atreven a denunciar estos atropellos por miedo a perder su trabajo, víctimas de un sistema corrupto, cuyas viejas prácticas de opresión están siendo combatidas desde la Presidencia de la República, ante la urgente necesidad de transformar a nuestras Instituciones, acabando con la corrupción y la impunidad imperantes actualmente.

La afectación a nuestros derechos está siendo impugnada través de los recursos y medios que la ley nos concede; pues no es ello lo que nos ocupa en este comunicado, aunque sí lo es un llamado a la justicia; sino el hecho público y conocido de que la falta de respeto a la dignidad humana y a sus derechos, a la legalidad y a las instituciones de JUAN PAULO ALMAZÁN CUÉ, así como de los funcionarios cómplices de la injusticia de la que nos han hecho objeto por nepotismo y corrupción, han llevado a una Institución como lo es el Poder Judicial a la peor crisis de su historia. Creemos firmemente que serán la historia y las instancias legales respectivas quienes juzgarán a este funcionario público en caso de las responsabilidades en las que haya incurrido en el ejercicio de su función.

Sin embargo, sí es esta una petición respetuosa al Pleno de Magistrados ante la proximidad de la elección de quien fungirá, a partir de enero de 2020, como Presidente o Presidenta del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado para que, en una actitud de libertad responsable, consideren que la idoneidad y la honestidad son requisitos esenciales para los que ejercen la función pública; y siendo el Presidente del Tribunal el encargado de dirigir el destino del Poder Judicial, primer garante del respeto irrestricto a los bienes que protege: los derechos humanos, tomen conciencia de que a quien elijan para ocupar el cargo sea aquel magistrado o magistrada que verdaderamente tenga claro que su obligación será servir a la ciudadanía, a la sociedad, a las que debe exclusivamente toda su lealtad. Que ninguna consideración personal ni partidaria puede modificar el hecho de que el elegido o la elegida sea un servidor público sin distingos, que maneja bienes ajenos; que sin importar cuáles son sus méritos, olvide que su situación es siempre la de un empleado que debe rendir cuentas a su empleador –la ciudadanía--, pues una persona por muy eminente que sea, si es deshonesta, es tan perniciosa o más que el honesto sin capacidad para su cargo.

Recuerden que, para una sociedad, no hay nada peor que la injusticia y la impunidad; que el silencio oprobioso que sus titulares han guardado ante las injusticias cometidas dentro de esta Institución, y que son de su pleno conocimiento, pues son incluso hechos públicos, resulta tan ofensivo que su omisión deviene igualmente injusta como la propia acción cometida por su actual Presidente.

Este comunicado es un llamado para el retorno a la cordura, a la honradez, a la urgente necesidad de retomar las políticas públicas sanas, no a su manipulación. Basta ya de manejar a la institución por parte de quienes toman las decisiones, para sostener su poder, estatus y riqueza, siempre a costa y en detrimento del ciudadano.

Por ello, pedimos a los altos funcionarios, encargados de dirigir las políticas judiciales, que por el bien de todos en la próxima elección de Presidente tomen en consideración que la persona electa tiene que ser de tal envergadura, que tenga la capacidad intelectual y moral, para preocuparse y ocuparse en reconstruir, con urgencia, lo que hoy por hoy la Presidencia de JUAN PAULO ALMAZÁN CUÉ ha perdido --el Estado de Derecho, el respeto a la ley y la defensa, protección y garantía de los derechos humanos.

Como funcionarios estamos comprometidos en contribuir decididamente a la construcción del Estado de derecho; que como dijera el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a dejar de ser percibidos como un poder lejano, aislado de la realidad, extraño a los sufrimientos de la sociedad, preocupado sólo por administrar sus privilegios y que se escuda en la independencia para no rendir cuentas: “Debemos apostar por un Poder Judicial fuerte, plenamente legitimado ante la sociedad y que rinda cuentas... Todos queremos una mejor justicia, sin ella, la igualdad, la libertad, la dignidad y la seguridad, son sólo una quimera, un lenguaje vacío, una mera aspiración”.

ATENTAMENTE


MTRA. ADRIANA MONTER GUERRERO.

LIC. EMILIO AGUSTÍN ORTIZ MONROY.

LIC. JULIÁN RUIZ CONTRERAS.

LIC. JUAN FERNANDO SALAZAR HERNÁNDEZ.

LIC. JAVIER PÉREZ CONTRERAS

LIC. EFRAÍN TORRES SALAZAR.


Ver el documento en el siguiente enlace:

viernes, 29 de noviembre de 2019

Mete la mafia a hijos, amantes y amistades en Poder Judicial con examen amañado

METE LA MAFIA A HIJOS, AMANTES Y AMISTADES EN PODER JUDICIAL CON EXAMEN AMAÑADO

En la gráfica aparecen el gobernador Juan Manuel Carreras López y Juan Pablo Almazán Cué, presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura.
#SLP #SanLuisPotosí #GobiernoSLP #JuanManuelCarrerasLópez #SanLuisNosUne #UnidosAvanzamos #ProsperemosJuntos #SanLuisAlInstante

San Luis Al Instante.- Tremenda indignación, ofensa, decepción y protestas ha causado el más reciente proceso de selección para ocupar cargos de Secretarios de Acuerdos y Actuarios del Supremo Tribunal de Justicia.

Ello debido a que dicho proceso estuvo amañado y plagado de irregularidades con el propósito de beneficiar con cargos muy bien remunerados dentro del Poder Judicial a hijos, amantes, amistades y recomendados de burócratas que ocupan altos cargos públicos.

Entre quienes maquinaron un proceso corrompido de selección son mencionados el gobernador Juan Manuel Carreras López, Juan Ramiro Robledo Ruiz (presidente del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa) y Juan Pablo Almazán Cué (presidente del Supremo Tribunal de Justicia).

El pasado lunes 25 de noviembre se celebró el examen teórico para quienes desearan ocupar el cargo de Secretario de Acuerdo; y el martes 26 de noviembre se celebró el examen escrito para quienes desearan ocupar el cargo de Actuario.

Horas después, Almazán Cué, presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura, emitió un comunicado en donde dio a conocer los nombres de quienes pasaron a las siguientes etapas del concurso para ocupar aquellas plazas.

Quienes obtuvieron ese derecho en el concurso de Secretarios de Acuerdos fueron los siguientes abogados:

ALBERTO JAVIER ECHAVARRÍA DELGADO (sobrino del Consejero de la Judicatura del Poder Judicial, elegido por el Poder Ejecutivo, Jesús Javier Delgado Sam).

JOSÉ GERMAN CASTILLO CONTRERAS (hijo de José Guadalupe Castillo Celestino, director de la antigua Policía Ministerial del Estado y hoy Policía de Investigación).

ANA MARIA HERVERT SCHEKAIBAN (secretaria particular del presidente del Supremo Tribunal, Juan Paulo Almazán Cué).

Quienes pasaron a la siguiente etapa en el concurso de Actuarios fueron los siguientes abogados:

ENRIQUE GERARDO MARTENS PIZZUTO (hijo de Enrique Martens Rodríguez, gerente general del Centro de Producción El Huevo y uno de los mejores amigos de Juan Paulo Almazán Cué).

HUGO ALAN MACÍAS SORIA (sobrino de la Consejera de la Judicatura del Poder Judicial, elegida por el mismo Poder Judicial, Diana Isela Soria Hernandez).

CECILIA SENLLACE OCHOA LIMON (hija del diputado, ex procurador y ex secretario general de gobierno Cándido Ochoa Rojas).

GUADALUPE ISELA RODRÍGUEZ MONSIVÁIS (hija del Juez de Distrito Óscar Gastón Rodríguez Celia).

MARISOL GÓMEZ SOLDEVILLA (novia y protegida del magistrado Ricardo Sánchez Márquez).

MARLÉN MÉNDEZ DE LEÓN (hija del magistrado Juan José Méndez Gatíca).

Entre las maniobras se efectuaron para lograr acomodar a hijos, amantes, amistades y recomendados se menciona que las preguntas de los exámenes fueron entregadas con anticipación a quienes ya habían seleccionado previamente.

Entre decenas de abogados y empleados del Poder Judicial que participaron en este proceso con la noble intención de avanzar en su carrera, aunque sin padrinos y apoyados sólo en sus propios conocimientos y experiencia, hubo decepción, frustración, indignación, ofensa y fuertes críticas hacia el gobernador Juan Manuel Carreras López, a Juan Pablo Almazán Cué y a otros personajes como Juan Ramiro Robledo Ruiz.

A ellos se les considera como autores intelectuales de este acto considerado como detestable y una canallada, con un modo de operación propio de la delincuencia organizada.

jueves, 14 de noviembre de 2019

Reprobado "Fiscal Carnal" Garza por Índice de Desempeño de Procuradurías

REPROBADO "FISCAL CARNAL" GARZA POR ÍNDICE DE DESEMPEÑO DE PROCURADURÍAS


Comunicado de prensa.-

San Luis Al Instante.- 
La Fiscalía General del Estado tiene una calificación reprobatoria de 43.95 por ciento, que nos coloca en la número 22 del país con menos efectividad –seis lugares más abajo que en el 2018.

Esto obedece a que a los potosinos les cuesta 98. 47 minutos interponer una denuncia –somos la entidad 26 más tardada-, hay 8.4 Ministerios Públicos por cada cien mil habitantes, se gasta un presupuesto de 322.28 pesos en promedio por cada habitante –somos la entidad 14 que más invierte- y solo se tiene un 11.8 de efectividad en el Sistema Penal Acusatorio.

Lo anterior evidencia que existe mucho trabajo por realizar en la dependencia que presume autonomía, así también que las autoridades de procuración de justicia deben redoblar el paso, consideró el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, Rubén Guajardo Barrera, tras analizar la rendición del segundo informe de actividades de esta institución.

El Índice Estatal de Desempeño de las Procuradurías y Fiscalías 2019 es quien también reporta que la cifra negra de efectividad y probabilidad de esclarecimiento del delito por entidad federativa. En San Luis Potosí es de 0.8 por ciento, colocando así a la entidad en el lugar número 27 para comprobar un ilícito. Además nos catalogan dentro de los Estados con menor efectividad en cumplimiento de órdenes de aprehensión con 40.9 por ciento.

El legislador del Partido Acción Nacional lamenta que los esfuerzos que se hacen desde el Legislativo para ayudar en el tema legal y financiero a dicha dependencia, la sigan manteniendo en una posición de riesgo, porque ello refleja que alguien no está haciendo el trabajo que le corresponde.

“Una de las peores evaluaciones de la propia Fiscalía se cimenta en que no hay denuncias ciudadanas. Está comprobado que debido a la impunidad que impera en la impartición de justicia y la burocracia de estos organismos autónomos, es que la sociedad desconfía de su actuación y de sus funcionarios. Ya no podemos dar más votos de confianza, tiene que terminar este asunto para que se pueda recuperar la confianza de la población que sólo exige trabajo de sus gobiernos”, expresó Guajardo Barrera.

Finalmente, entre los datos proporcionados en este mismo documento se indica que tampoco hay resultados en la aplicación de la política criminal. En el caso de los homicidios dolosos hay impunidad en un 94.5, colocándonos en la entidad número 10 del país, con condiciones más preocupantes, así también hay una alta condena de delitos menores en un 53.5 por ciento, pero no se resuelven fenómenos de alto impacto.

miércoles, 23 de octubre de 2019

Abogados bloquean accesos a Ciudad Judicial para denunciar corrupción

ABOGADOS BLOQUEAN ACCESOS A CIUDAD JUDICIAL PARA DENUNCIAR CORRUPCIÓN


#SLP #SanLuisPotosí #GobiernoSLP #CongresoSLP #SanLuisAlInstante

San Luis Al Instante.- Hacia las 10 de la mañana de este miércoles 23 de octubre se registró una manifestación de abogados en los accesos de la Ciudad Judicial, con el fin de protestar por la indiferencia del presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Juan Paulo Almazán Cué, ante una solicitud de audiencia que ha cumplido ya dos meses.

De acuerdo con declaraciones hechas por estos abogados en el sitio de su protesta, han solicitado audiencia con Almazán Cué con la intención de denunciar actos de corrupción de jueces, en particular de Salvador Ruiz. A este se le acusa de favorecer a particulares, llevado por influyentismo, compadrazgo y amiguismo, por lo cual demanda su destitución.

Sin embargo, el presidente del Supremo Tribunal de Justicia no los ha atendido y, por ese motivo, decidieron llegar a esta medida. Al parecer, este grupo de manifestantes se encontraba integrado por miembros de una organización de nombre "Cambio por San Luis", curiosamente identificada con el gobierno del Estado.

Decenas de abogados y de ciudadanos se vieron impedidos para ingresar a los juzgados y oficinas de la Ciudad Judicial por más de una hora.

lunes, 19 de agosto de 2019

Proponen sanciones para proteger información personal y castigar robo de identidad

PROPONEN SANCIONES PARA PROTEGER INFORMACIÓN PERSONAL Y CASTIGAR ROBO DE IDENTIDAD


#SLP #SanLuisPotosí #CongresoSLP #SanLuisAlInstante

Comunicado del Congreso del Estado.-

San Luis Al Instante.- La diputada María del Consuelo Carmona Salas presentó ante el pleno del Congreso del Estado una propuesta que modifica la fracción III del Artículo 187 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de proteger la información digital personal y evitar el robo de identidad.

La legisladora refirió que el robo de identidad es una de las transgresiones a las que toda persona está expuesta y, al mismo tiempo, representa un peligro que muchas veces no es dimensionado su gravedad por los usuarios. Sin embargo, podría traer graves consecuencias personales, sociales y económicas.

Comentó que a través de esta iniciativa se busca legislar para proteger la información digital, de tal manera que sea lo menos vulnerable posible, dado que cada vez las plataformas digitales y bancos de información aumentan, con ello el tráfico de datos personales y la información en línea.

Carmona Salas dijo que actualmente la información digital es indispensable para toda la ciudadanía al momento de querer acceder a algún crédito o bien realizar una compra digital o transacción monetaria, por lo que consideró que debe ser regulado y sancionado a efecto de blindar la información financiera de cada potosina y potosino.

Por lo que como legisladora, propongo tomar la siguiente medida preventiva e incluir a estos empleados en el texto del numeral que rige el delito contra la identidad de las personas.

La reforma plantea que cuando se trate de un servidor público o empleado de cualquier institución bancaria, financiera o crediticia quien cometa el delito contra la identidad de personas, las penas previstas se aumentarán hasta en la mitad.

La iniciativa fue turnada a comisiones para posteriormente ser votada en el pleno del Congreso del Estado.

martes, 12 de marzo de 2019

"Excesivo criminalizar a la mujer por abortar", afirma Leal Tovías

"EXCESIVO CRIMINALIZAR A LA MUJER POR ABORTAR", AFIRMA LEAL TOVÍAS



#SLP #SanLuisPotosí #GobiernoSLP #CongresoSLP #SanLuisAlInstante

San Luis Al Instante.- En el contexto de la polémica nacional, reanimada por la postura del Congreso de Nuevo León de endurecer sanciones judiciales hacia las mujeres que practiquen suspensión del embarazo, Alejandro Leal Tovías, Secretario General de Gobierno de San Luis Potosí, se declaró adversario de esas sanciones.

"No estoy a favor que aún se hable de que las mujeres cumplan sentencias por ser acusadas de delito de aborto. Creo que deberían estar en libertad. Pienso que hay un exceso en la aplicación de la justicia", declaró el funcionario a reporteros que lo entrevistaron sobre el tema este martes 12 de marzo.

Según informes difundidos en los últimos días, en San Luis Potosí han sido juzgadas 28 mujeres potosinas en los últimos 9 años a causa de la suspensión del embarazo. Debido a ello, se le preguntó su opinión al respecto. Leal Tovías comentó que ya existe una propuesta de un legislador para establecer mesas de diálogo sobre el tema.

"Ahora sólo queda esperar la opinión de todos los ciudadanos. Eso es lo más importante, ya que el Gobierno del Estado será siempre respetuoso de todas las opiniones", sostuvo el funcionario. Esas mesas de trabajo, agregó, serían la mejor ruta para tomar una decisión con relación al aborto.

Sin embargo, hizo ver la existencia de casos que han sido revisados y las mujeres han obtenido su libertad en San Luis Potosí. 


Más información en:

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